Nuevo Postnatal: respuestas para entender su funcionamiento
A la fecha (19 de agosto de 2011) el parlamento estudia la vialidad del proyecto del Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, que busca extender la actual licencia maternal a seis meses de postnatal.
Asesoría: Servicio Nacional de la Mujer (Sernam)
Según han expresado autoridades del Servicio Nacional de la Mujer (Sernam) el “proyecto de ley establece un modelo más largo y flexible, atributos que efectivamente generan un apoyo a la maternidad y permiten tener buenas tasas de natalidad, que es uno de los problemas que enfrenta el país”.
Más allá del debate actual en torno a las posibles falencias del proyecto del Gobierno, Facemama.com desea guiarlas junto al Sernam para entender las condiciones y funcionamiento que tendría la nueva norma:
Beneficiadas del nuevo sistema
Todas las mujeres trabajadoras dependientes o independientes (cotizantes de AFP y Salud) y el 100% de las mujeres cuyo último contrato fue a plazo fijo, por obra o faena, incluidas las temporeras, que no estén trabajando al momento de tener a sus hijos.
Todas las mujeres que a la fecha en que entre a regir la ley se encuentren cursando su licencia maternal de pre o posnatal, y además a todas aquellas que habiendo terminado su posnatal tienen un hijo menor de 24 semanas (6 meses aproximadamente), tendrán derecho a su permiso parental postntal de 12 semanas..
Como requisitos, las mujeres que se suman al nuevo sistema deben tener 12 meses de afiliación previsional y al menos 8 cotizaciones en los últimos 24 meses. El monto del subsidio será el promedio de la renta de los últimos 24 meses, con un mínimo de medio ingreso mínimo mensual; es decir, 90 mil pesos.
* La ley empezará a regir para ellas el 1 de enero de 2013.
Requisitos para optar al descanso y subsidio postnatal
Trabajadora Dependiente: necesitas tener 6 meses de afiliación previsional y 3 o más cotizaciones, continuas o no, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal.
Trabajadoras Independientes (honorarios o cuenta propia): para tener su subsidio maternal, necesitan tener 1 año de afiliación previsional y 6 o más cotizaciones, continuas o discontinuas, dentro de los 6 meses anteriores al prenatal (6 semanas antes del parto), pagando la cotización correspondiente al mes anterior al que empieza la licencia.
Trabajadora Contrato a Plazo Fijo, obra o faena(a partir del 1 de enero de 2013):
a) Registrar doce o más meses de afiliación, con anterioridad al inicio del embarazo.
b) Registrar ocho o más cotizaciones, continuas o discontinuas, en calidad de trabajadora dependiente, dentro de los últimos veinticuatro meses calendario inmediatamente anteriores al inicio del embarazo.
c) Que la última cotización más cercana al mes anterior al embarazo se haya registrado en virtud de cualquier tipo de contrato de trabajo a plazo fijo, o por obra, servicio o faena determinada.
Protección y Fuero Maternal
La trabajadora tendrá fuero maternal desde el momento de la concepción y hasta un año después de terminado el Permiso Posnatal Parental.
Variables que afecten el Subsidio Maternal
Se distinguen tres situaciones:
- Para las trabajadoras dependientes e independientes, el monto del subsidio será el promedio de las remuneraciones o rentas obtenidas antes del embarazo, comparadas con el promedio obtenido los 3 o 6 meses antes de irte de prenatal. El monto del subsidio será el menor de los dos promedios, garantizándote un mínimo de medio ingreso mínimo mensual y un tope de 66 UF.
- En cuanto a las mujeres cuyo último contrato fue a plazo fijo, por obra o faena deberán tener 12 meses de afiliación previsional y al menos 8 cotizaciones en los últimos 24 meses (continuas o discontinuas). El monto del subsidio será el promedio de la renta de los últimos 24 meses, con un mínimo de medio ingreso mínimo mensual, 90 mil pesos app.
- En todos los casos, durante los 3 meses adicionales de extensión del posnatal, el subsidio tendrá un tope aproximado de 1 millón 400 mil pesos líquido.
Permiso Postnatal Parental de Media Jornada
La trabajadora podrá reincorporarse a sus labores una vez terminado el permiso Postnatal, por la mitad de su jornada, en cuyo caso el permiso postnatal parental se extenderá a dieciocho semanas. En este caso, percibirá el cincuenta por ciento del subsidio que le hubiere correspondido y, a lo menos, el cincuenta por ciento de los estipendios fijos establecidos en el contrato de trabajo, sin perjuicio de las demás remuneraciones de carácter variable a que tenga derecho.
Para ejercer este derecho, la trabajadora deberá dar aviso a su empleador mediante carta certificada, enviada con a lo menos treinta días de anticipación al término del período postnatal, con copia a la Inspección del Trabajo. De no efectuar esta comunicación, la trabajadora deberá ejercer su permiso postnatal parental de acuerdo a lo establecido en el inciso primero.
Este complemento, o diferencia entre el subsidio u la renta final, será pagada por el empleador en relación con el periodo por el cual vuelve a trabajar.
El empleador que impida el uso del permiso postnatal parental o realice cualquier práctica arbitraria o abusiva con el objeto de dificultar o hacer imposible el uso del permiso establecido en los incisos precedentes, será sancionado con multa a beneficio fiscal de 14 a 150 unidades tributarias mensuales. Cualquier infracción a lo dispuesto en este inciso podrá ser denunciada a la Inspección del Trabajo, entidad que también podrá proceder de oficio a este respecto".
Casos especiales:
- Bebés prematuros: Las madres de bebés de pretermino, esto es, que nazcan antes de las 32 semanas de gestación o pese menos de 1 kilo y medio al nacer, tendrán derecho a 6 semanas más de posnatal.
- Partos Múltiples: Las mujeres cuyos partos fueron múltiples tendrán derecho a 7 días corridos adicionales por cada hijo que tengan en un mismo parto.
- Muerte de bebés antes de los 3 meses de vida: De acuerdo con lo que ha establecido la Dirección del Trabajo, la madre tiene derecho al pre y posnatal cuando su hijo fallece. Respecto del periodo posnatal parental, debiera correr la misma regla, al ser un derecho irrenunciable.
- Madres que cursan postnatal antiguo: Si el bebé tiene menos de 6 meses, la madre podrá acogerse al posnatal extendido hasta que su hijo cumpla los 6 meses de vida. Asimismo, aquellas mujeres que han vuelto a trabajar, podrán retomar el posnatal hasta que el lactante alcance esta edad. Incluso, quienes de a luz semanas ANTES de la nueva vigencia del posnatal, tendrán derecho al posnatal extendido de 6 meses, una ves que se apruebe.
Postnatal y el padre
La madre podrá traspasar hasta 6 semanas de su permiso posnatal al padre, en la última etapa de éste (tres últimos meses de postnatal). Los actuales 5 días de licencia posnatal masculino permanecen inalterados.
Otro elemento nuevo en este proyecto es el fuero para el padre. El padre va a tener un fuero que lo protege del despido de su trabajo por el doble del período de posnatal que se tome (3 meses o 12 semanas), contados desde los 10 anteriores al inicio del permiso.
El subsidio del padre se calculará de la misma forma que el de la madre, pero en base a sus remuneraciones.
Trámite legislativo actual
En la actualidad el proyecto de ley aún se encuentra en trámite legislativo. Debido a que el texto inicial del proyecto experimentó cambios significativos entre ellos la extensión del tope del subsidio de 30 a 66UF, debe ser revisado por la Cámara de Diputados, lugar donde se inició la discusión legislativa. Los pasos a seguir ahora son:
- Análisis y votación de los ajustes a la iniciativa en la Comisión de Hacienda de la Cámara Baja (solo por diputados miembros de la comisión). Aprobado el lunes 12 de septiembre 2011.
- Votación del proyecto en Sala de la Cámara de Diputados (todos los diputados). Aprobado el miércoles 14 de septiembre 2011.
- Tramite legislativo en el Senado. Aprobado el jueves 29 de septiembre 2011.
- Una vez aprobado el proyecto deberá ser promulgado por el Presidente de la República. Pendiente. Pendiente
- Publicación de la norma en el Diario Oficial. Pendiente.
La nueva ley comenzará a regir apenas curse esta última etapa beneficiando a futuras y actuales madres de lactantes menores de 6 meses de vida.
En el caso de las mujeres que se suman a la cobertura y que hoy están desprotegidas -que son las que no están trabajando al momento de tener sus hijos y cuyo último contrato fue a plazo fijo, por obra o faena-, la puesta en marcha será el 1 de enero de 2013.
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